Emilia Almodóvar Sánchez
Grupo Parlamentario Socialista · Spain
“Se aprecia una bajada de 6 puntos en las familias que tienen dificultades para llegar a fin de mes, y esta mejora se consigue trabajando de forma constante desde el Gobierno: aumento del salario en un 66 %, reducción en 5 puntos del paro respecto a 2018, apuesta por mejor empleo y menos dificultades, un empleo de calidad, mejores condicio…”
“Durante estos meses hemos realizado una labor extraordinariamente buena, la subcomisión ha escuchado a un número elevado de comparecientes de diversos ámbitos: entidades sociales, organizaciones nacionales e internacionales y representantes de Administraciones públicas.”
“Gracias, presidenta. Detestable, señorías de VOX, el comportamiento de rechazo que tienen ustedes a los profesionales y a cualquier objetivo que sea para mejorar la justicia social en este país. (Aplausos). ¡Es lamentable! ¿Sabéis por qué?”
“La subcomisión utilizará esta prórroga para transformar todo el conocimiento que hemos acumulado en unas conclusiones sólidas y útiles para nuestro país. Este grupo apuesta por una prioridad social y los datos lo demuestran: una España reforzada, cohesionada y moderna, como es la actual.”
“Los menores no merecen ser utilizados por quienes quieren seguir avanzando en una cruzada del odio y la exclusión. Señorías de VOX, ustedes compran discursos sociales sin tener en cuenta el daño moral que hacen. Saben que no tienen capacidad para llevar a cabo las acciones que manifiestan.”
“Sin embargo, yo no puedo pararme a explicarle aquí su funcionamiento en siete minutos, porque su texto lo que hace es exigir una resolución judicial previa para cada acto de protección de menores, y pretenden sustituir un sistema administrativo que es especializado, con capacidad de intervención inmediata y que ofrece una atención adaptad…”
The complete record
Every one of 38 lines we hold for Emilia Almodóvar Sánchez, in date order, each linked to its source. Free to read, in full, without an account.
“La subcomisión utilizará esta prórroga para transformar todo el conocimiento que hemos acumulado en unas conclusiones sólidas y útiles para nuestro país. Este grupo apuesta por una prioridad social y los datos lo demuestran: una España reforzada, cohesionada y moderna, como es la actual. Por ello, no se permitirá que ningún niño, que ninguna familia carezca de sus necesidades sociales más básicas. (Aplausos).”
“Se aprecia una bajada de 6 puntos en las familias que tienen dificultades para llegar a fin de mes, y esta mejora se consigue trabajando de forma constante desde el Gobierno: aumento del salario en un 66 %, reducción en 5 puntos del paro respecto a 2018, apuesta por mejor empleo y menos dificultades, un empleo de calidad, mejores condiciones laborales en cuanto a garantizar la estabilidad económica de las familias, protección al trabajador ante el despido a la carta que había con otros Gobiernos de las derechas y la afiliación femenina suma 10 millones, apoyando directamente a esas familias monomarentales. Es así. Además, 20 millones de familias han reducido su factura de la luz en un 20 %. Así, paso a paso, la tasa de la pobreza se ha reducido cada año y en 2025 se ha vuelto a reducir en un 1,8 %.”
“Durante estos meses hemos realizado una labor extraordinariamente buena, la subcomisión ha escuchado a un número elevado de comparecientes de diversos ámbitos: entidades sociales, organizaciones nacionales e internacionales y representantes de Administraciones públicas. Estos expertos y expertas conocen de primera mano la realidad de la pobreza infantil. Casi todos los grupos de esta Cámara coincidimos en una cuestión: la calidad de las comparecencias ha estado a la altura del desafío que afrontamos, al igual que este Gobierno, señorías, está a la altura de las circunstancias y su esfuerzo ofrece resultados y mejora cada año gracias a esas acciones que hacemos en diferentes ámbitos, el laboral, el social y el económico.”
“Gracias, presidenta. Detestable, señorías de VOX, el comportamiento de rechazo que tienen ustedes a los profesionales y a cualquier objetivo que sea para mejorar la justicia social en este país. (Aplausos). ¡Es lamentable! ¿Sabéis por qué? Porque estáis acostumbrados a vivir de las rentas ajenas y sentaros a criticar, insultar y humillar al prójimo sin aportar absolutamente nada a la sociedad. El Grupo Parlamentario Socialista está a favor de ampliar el plazo para finalizar los trabajos de análisis y diagnóstico de estos estudios para erradicar la pobreza infantil. Y lo hacemos por una razón muy sencilla: la importancia del trabajo que hemos realizado merece finalizar con rigor, con profundidad y con consenso.”
“(Aplausos). -- 33 of 74 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 28 de abril de 2026”
“Los menores no merecen ser utilizados por quienes quieren seguir avanzando en una cruzada del odio y la exclusión. Señorías de VOX, ustedes compran discursos sociales sin tener en cuenta el daño moral que hacen. Saben que no tienen capacidad para llevar a cabo las acciones que manifiestan. Sin embargo, engañan, manipulan las esperanzas de las personas que muestran sufrimiento y dolor. El Grupo Parlamentario Socialista está para proteger, para tender la mano y hacer las cosas bien, consciente de que el sistema necesita un debate serio sobre la protección de menores. Y ese debate merece rigor, escucha a todos los profesionales, aprender bajo la evidencia científica y rectificar respecto de los errores del pasado. Tengan ustedes muy presente que nuestra prioridad siempre será la de la justicia social y los derechos sociales. Muchas gracias.”
“Y voy a puntualizar que este Gobierno ha aprobado el ingreso mínimo vital, que ha aumentando cada año el salario mínimo interprofesional, que tenemos el CAPI y que queremos mejorar las ayudas para el alquiler, medidas que alivian las situaciones de riesgo en las familias, porque la mejor política para proteger a los menores es la que evita que un niño llegue a estar en riesgo, y los servicios sociales son nuestra herramienta más poderosa, aquellos que en su día consolidó el Estado del bienestar, capaz de hacer pasar de la beneficencia al bienestar social actual. Cambiar este modelo por uno exclusivamente judicial no elimina riesgos y sí introduce uno muy caro, el de llegar tarde. (Aplausos). Este grupo votará en contra de la toma en consideración de esta proposición.”
“Señorías, no hay manera de vestir todo esto bajo un lenguaje jurídico para que deje de ser lo que es, una farsa nacional. Y quien lo apoye quedará retratado para el futuro con lo que haya decidido votar hoy aquí. Y, afortunadamente, ante esta sin razón, encontramos el lado opuesto: un sistema que protege, que cohesiona y ayuda a las familias que lo necesitan; una creación del Partido Socialista a lo largo de muchos años trabajando para progresar y proteger bajo un paraguas público.”
“Su familia de origen está en Marruecos, en Senegal o Guinea y su familia extensa también. Verán que en la proposición no se menciona en ningún momento a los menores no acompañados. No se necesita hacerlo, porque solo con inscribir en el Código Civil la consideración de prioridad de la familia de origen ya se produce exactamente el resultado que VOX pretende continuamente, la deportación como solución ordinaria; una deportación disfrazada de protección, bajo la mentira de la apariencia neutral, con efectos perfectamente dirigidos, y que ustedes, señorías del Grupo Popular, comparten y han apoyado en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (Aplausos). Como dirían en mi tierra, vamos aviados con la Consejería de Desregularización, Servicios Sociales y Familia.”
“Les pido que escuchen con atención, ya que define perfectamente la farsa de esta iniciativa. Su propuesta convierte tanto al menor como a las familias en delincuentes. Ya sabemos, señor Campos, que no pretende proteger a los menores ni a las familias, pero también que pretende otra cosa más grave que la ignorancia, que es la maldad, escondida tras la mentira. Con la nueva redacción del Código Civil que proponen, el juez deberá priorizar siempre ―repito, priorizar siempre― la reintegración del menor a su familia de origen o, en su defecto, a su familia extensa. Bien, para un menor español, el principio opera hacia adentro y se busca a sus padres, a sus abuelos, a sus tíos y a su familia extensa. Sin embargo, para un menor no acompañado ese principio opera hacia afuera.”
“Sin embargo, yo no puedo pararme a explicarle aquí su funcionamiento en siete minutos, porque su texto lo que hace es exigir una resolución judicial previa para cada acto de protección de menores, y pretenden sustituir un sistema administrativo que es especializado, con capacidad de intervención inmediata y que ofrece una atención adaptada tanto al menor como a su entorno por un sistema judicial que no está preparado para dar una respuesta de urgencia social, lo que podría generar actuaciones que resultarían innecesarias y que probablemente traerían un perjuicio adicional al menor. Por tanto, no confundamos mejorar con sustituir, porque es evidente que no conocen aquello que están pretendiendo reformar. Y, como les decía, la segunda opción es la del sinsentido en el texto, porque es más sutil, bastante más sutil.”
“Ustedes deben saber, señorías de VOX, que el actual procedimiento conlleva informes técnicos especializados y que ofrece el derecho de las familias a poder recurrir. Además, entiendo que saben que el modelo actual de protección está sometido a una doble garantía de control y supervisión externa, aparte de la administrativa, por la que el Ministerio Fiscal tiene atribuida por ley la función superior de vigilancia de la tutela, el acogimiento y la guarda de los menores y que comprobará al menos semestralmente la situación de estos y promoverá las medidas de protección que estime necesarias. Usted lo sabe, ¿verdad, señor Campos? Es decir, aunque la declaración -- 32 of 74 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 28 de abril de 2026 de desamparo sea una medida administrativa, está plenamente garantizada jurídicamente.”
“A todos vosotros os digo que este grupo parlamentario os escucha y defiende, y no vamos a permitir que os conviertan, como hace esta proposición, en sospechosos, en sospechosos según un partido que no permitió que el Estado investigase abusos cometidos en el seno de la Iglesia. ¿Cuántos son? ¿Tendrá usted el dato, señoría? ¿Podrá contarlo? Lo que hacen ahora es darnos lecciones morales. Pero no se lo vamos a permitir. (Aplausos). Señorías, ante esta propuesta cualquier persona puede pensar dos cosas: o bien que VOX no ni tiene idea de cómo funciona el sistema de protección de menores o que, en realidad, le dan igual los menores, las familias y cualquier persona que no pertenezca a su estatus social, y cualquiera de las dos opciones es válida. Vamos con la primera.”
“Gracias, presidente. Señor Campos, un violador es un violador, independientemente de su nacionalidad. Se olvidó de un caso, Huércal; el concejal de VOX, en Almería. Anótelo. (Aplausos). Comenzaré la intervención recordando a quienes realmente protegen a los menores en situación de desamparo en este país: a Sara, a Tomás, a María José, trabajadores sociales, educadores, psicólogos, personal de equipo de menores, profesionales que llevan décadas construyendo un sistema desde la vocación y el rigor; un sistema mejorable en algunos aspectos, pero que merece nuestro reconocimiento político.”
“Antes de terminar, sí me gustaría agradecer el trabajo que han realizado las distintas organizaciones de protección a la infancia, algunas de las cuales nos acompañan hoy aquí, en este hemiciclo, y que se han dirigido a este grupo parlamentario aportando conocimiento de la realidad de primera mano. Señorías, de esta reforma depende que los derechos de miles de menores no acompañados estén protegidos ante las vulnerabilidades. Solo quiero pedirles que imaginen por un minuto que mañana pueden ser sus hijos o sus nietos. Gracias. (Aplausos).”
“Déjense de excusas, señorías del Grupo Popular. Si tuvieran ganas de trabajar, de construir y de solucionar los problemas de los menores deberían haber trabajado un texto -- 38 of 59 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 13 de marzo de 2025 alternativo, y no un simple texto en el cual solamente nos presentan la retirada de un proyecto. (Aplausos). Su misión es bloquear, bloquear y bloquear. Su aportación única es pedir dinero para sus comunidades autónomas. Lo que están haciendo en mercadear con los derechos de los menores; mercadear con los derechos de los menores. Abandonen esa actitud, señorías del Grupo Popular. (Aplausos).”
“Este Gobierno plantea con el proyecto de ley las siguientes mejoras: la garantía de asistencia jurídica gratuita, prohíbe la práctica de medidas invasivas, los desnudos integrales, deja la puerta abierta para los informes periciales multidisciplinares y protege el derecho de la persona a ser escuchada y a que se le proporcione una información y un intérprete cuando sea necesario. El objetivo real es proteger y garantizar los derechos de los menores en los procesos de determinación de la edad, cumpliendo así con las recomendaciones de los organismos internacionales en esta materia suscritos por España y, particularmente, con las resoluciones del Comité de los Derechos del Niño. Señorías del Grupo Popular, este Gobierno trabaja desde 2022, cuando fue aprobado este proyecto por el Consejo de Ministros.”
“Posteriormente a la realización de estas pruebas, cuando el menor consigue su pasaporte y lo aporta a la Comunidad de Madrid, a instancias de la propia comunidad, se realizan unas segundas pruebas de determinación de la edad y en virtud de estas se concluye que es mayor de edad. La consecuencia es que el menor fue expulsado del sistema de protección y denunciado por falsedad documental. Posteriormente, se fallaría a su favor en vía judicial, pero estas actuaciones —que no son las únicas; hay muchas— son las que están produciendo el colapso y el retraso a los que se refieren los compañeros del Grupo Popular. Por lo tanto, la determinación de la edad impacta ―sí impacta― en el futuro tratamiento jurídico de las personas y en la protección por parte de las Administraciones públicas.”
“En el caso de no disponer de un documento civil en esta etapa, se condena a la persona a una situación de limbo jurídico que le perjudicará el resto de su vida y truncará su futuro. En cambio, si tuvieran en ese momento determinada la edad podrían iniciar los trámites para obtener un permiso de residencia, de trabajo, podrían trabajar, estudiar y formarse durante la estancia en el sistema de protección y podrían construir la vida que ellos quieren elegir. Les contaré el caso de Abaubacar, expediente número 62 de un estudio de la Fundación Raíces, uno de otros tantos. Abaubacar se encontraba indocumentado y fue tratado como mayor a la entrada de España. Sin embargo, tras ser trasladado a Madrid, le fueron realizadas unas primeras pruebas de determinación de la edad que concluyeron que era menor de diecisiete años.”
“Como ha dicho el ministro anteriormente, el Gobierno es plenamente consciente de que garantizar los derechos de los menores podría generar alguna incertidumbre en territorios con especial presión migratoria, pero quiero transmitir que impulsamos esta ley para resolver problemas con agilidad y seguridad jurídica, porque sabemos —nosotros somos conscientes— que la relación entre menor no acompañado y vulnerabilidad es incuestionable. Le diré que las personas no acompañadas que necesitan de este procedimiento jurídico son menores que generan dudas razonables sobre su mayoría o su minoría de edad, lo que suele suceder en el tramo de los 15 a los 17 años. Se trata de edades cruciales que son el punto de partida para desarrollar un proyecto de vida hacia una edad adulta.”
“En el Grupo Parlamentario Socialista apostamos por una regulación que salvaguarde los derechos de los menores en desamparo mediante la creación de un procedimiento judicial que incorpore garantías esenciales. Este proyecto de ley aborda y regula diversas cuestiones que hasta ahora no estaban resueltas y se orienta principalmente a establecer un procedimiento más garantista para la persona cuya edad se pretende determinar.”
“Señorías, modificar este procedimiento es para las entidades sociales, para el Gobierno y para el Grupo Parlamentario Socialista una prioridad, pues el actual genera problemas jurídicos con impacto negativo sobre los niños y las niñas que llegan a España solos. Por este motivo, es urgente continuar con la tramitación del procedimiento y no se entienden las enmiendas a la totalidad presentada por ambos grupos. Así, las organizaciones de protección a la infancia insisten en la importancia de realizar un procedimiento que cuente con todas las garantías, porque los niños que ustedes no ven existen, están y estarán y deberemos garantizar su protección. (Aplausos).”
“Gracias, presidente. No puedo dejar pasar la oportunidad. Respecto a las palabras del señor Smith, quiero decirle que no ofende quien quiere, sino quien puede, y que no se olvide nunca de que estamos orgullosos de ser socialistas. (Aplausos). Regular el procedimiento de determinación de la edad en nuestro ordenamiento jurídico no es una opción, es una necesidad y una prioridad. Se trata de un procedimiento esencial para proteger a nuestros menores en situación de desamparo, con independencia de su nacionalidad, pues hablamos de niños, niñas y adolescentes en condiciones de extrema vulnerabilidad que quieren y requieren una asistencia inmediata y medidas de protección para garantizar su dignidad y su integridad.”
“Por este motivo, es importante remover desde los poderes públicos cualquier obstáculo que pueda dificultar la información que debe ofrecerse a los consumidores para el acceso a esta vía de solución de conflictos. Reitero mis palabras del principio: un consumidor informado es un consumidor protegido. (Aplausos). Contribuir a este objetivo es lo que motiva esta propuesta, la cual espero que sea de interés para el resto de los grupos parlamentario de esta Cámara y podamos seguir avanzando para la sociedad española. Muchas gracias. (Aplausos).”
“Señorías, esperamos contribuir con nuestra propuesta a avanzar en este camino y seguir evolucionando en la protección jurídica del consumidor, que somos la sociedad en general. Amparados en las recomendaciones que realiza la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en su último informe, es nuestra intención aclarar el contenido del deber de informar a los consumidores sobre la posibilidad de solucionar sus conflictos a través de una entidad de resolución alternativa de litigios en materia de consumo que se contienen en dos importantes leyes sectoriales: la Ley del Sector Eléctrico y la Ley del Sector de Hidrocarburos. Somos conscientes de que la resolución alternativa de litigios aún no es suficientemente conocida por los consumidores y usuarios.”
“Señalan, incluso, que las consejerías autonómicas responsables en la materia ―competentes para conocer las discrepancias que surgen en el marco de las reclamaciones energéticas―, una vez que se ha concluido el proceso de reclamación y han sido desestimadas estas reclamaciones por las comercializadoras, han detectado casos en los que las autoridades de consumo han facilitado una información errónea al considerar que el consumidor no tenía acceso a una vía extrajudicial. ¿Qué nos indican estos informes? Nos indican que aún nos queda un importante camino por recorrer para consolidar el sistema, para unificar criterios y difundir de forma adecuada las posibilidades que brinda nuestro ordenamiento jurídico a los consumidores para proteger sus derechos.”
“Estos datos nos traducen un importante desconocimiento; un desconocimiento de los consumidores sobre los procedimientos que se deben establecer legalmente para resolver sus conflictos y problemas en el sector del gas y de la electricidad; un desconocimiento que probablemente muchos de nosotros hayamos tenido en algún momento. Estos datos muestran, por otra parte, que no se está cumpliendo correctamente con el deber de una información accesible, fácil y clara. Asimismo, señalan los informes del Defensor del Pueblo que un alto número de consumidores no sabe a qué órgano o Administración acudir para resolver sus reclamaciones frente a sectores energéticos.”
“La resolución alternativa de litigios es una garantía para el ejercicio de los derechos de los consumidores. Además, un consumidor informado es un consumidor protegido. Por otro lado, vemos que los datos nos demuestran que un 98 % de los consumidores del sector del gas y un 99 % de la electricidad han contratado con comercializadoras que tienen adheridas a sus entidades una resolución alternativa de litigios. También nos reflejan los datos que el número de reclamaciones gestionadas a través de dichas entidades es muy escaso y reducido: un 0,76 % para el sector eléctrico y un 0,77 % para el suministro del gas.”
“Conscientes de la importancia de la resolución alternativa de litigios para consumidores y siguiendo las recomendaciones del organismo supervisor, hoy sometemos a la consideración de esta Cámara nuestra propuesta para que ambas leyes sectoriales, reguladoras del sector del gas y de la electricidad, concreten el contenido del deber de información de las empresas suministradoras respecto de la posibilidad por parte de sus consumidores de solucionar sus conflictos a través de una entidad de resolución alternativa de litigios en materia de consumo, armonizando la regulación sectorial con la obligación de información que refleja su artículo 40 en la Ley 7/2017. Como señalaba al inicio de mi intervención, tan importante es el reconocimiento normativo de derecho como establecer cauces eficaces para su ejercicio.”
“-- 5 of 73 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 19 de noviembre de 2024 No obstante, y ese es el motivo de nuestra propuesta, los últimos informes de supervisión del proceso de resolución alternativa de litigios entre comercializadoras y consumidores de energía eléctrica y gas natural señalan, de forma contundente, la necesidad de introducir modificaciones legislativas sectoriales, armonizando la información que deben incluir en las páginas web, contratos y facturas eléctricas y gas, en relación con la resolución alternativa de litigios de la regulación 7/2017. Asimismo, es importante y de especial relevancia que se especifique y se puntualice que el desarrollo de dicho mecanismo sea vinculante para las partes.”
“Es obligatorio por parte de las empresas de gas y de luz obtener esos datos para que sus clientes sepan dónde poder dirigirse. Tanto es así que, en su artículo 46.1, la Ley del Sector Eléctrico ―y voy a citar textualmente― establece que: Serán obligaciones de las empresas comercializadoras, en relación con el suministro, informar a sus clientes sobre sus derechos respecto de las vías de solución de conflictos de que disponen en caso de litigio. En términos similares se expresa el artículo 57 bis de la Ley del Sector de Hidrocarburos para suministro del gas natural.”
“Como señalamos en la iniciativa que hoy debatimos, las empresas comercializadoras de energía eléctrica y gas natural están obligadas a ofrecer a sus consumidores la posibilidad de solucionar sus conflictos a través de una entidad de resolución alternativa de litigios. ¿Por qué es necesario explicar a los consumidores, en concreto a los más vulnerables, qué son y para qué sirven estos sistemas alternativos de litigios? Es necesario porque ellos deben saber que pueden acudir a un lugar diferente al judicial cuando tienen que reclamar una queja, un error en su factura, un error en sus contratos o en su suministro. Por tanto, esta proposición de ley que hoy presentamos quiere que las empresas lleven a cabo un sistema donde aparezca en la factura de sus clientes el nombre de las empresas.”
“El resultado del texto disponía a sectores concretos a dos cambios normativos de especial trascendencia: en primer lugar, la protección de los usuarios del transporte aéreo, de aceptación obligatoria y resultado vinculante para las compañías aéreas; y, en segundo lugar, la creación de una única entidad para la resolución de litigios de consumo en el sector financiero y la obligación a las entidades financieras de que participaran en los procedimientos de dicha entidad. Con esta ley no solo se revoluciona el concepto tradicional de la resolución de conflictos en consumo garantizando su calidad, sino que también somete a este procedimiento a dos de los sectores que actualmente presentan más reclamaciones por parte de los consumidores y usuarios: el sector eléctrico y el sector de hidrocarburos.”
“El objetivo de esta directiva es claro: que los consumidores puedan identificar rápidamente qué entidades de resolución alternativa son competentes para tratar su reclamación. Esta norma también deja bien claro que la información debe ser clara, comprensible y de fácil acceso. Esta Directiva 2013/11 fue traspuesta al ordenamiento jurídico español en la Ley 7/2017, del 2 de noviembre. Esta ley fue objeto de una intensa negociación durante su tramitación parlamentaria, en la cual el Grupo Parlamentario Socialista incorporó más de cuarenta enmiendas al texto del proyecto.”
“En el ámbito internacional, cuando la Asamblea General de la ONU aprueba las directrices sobre la protección del consumidor, enumera una serie de medidas que permite a los consumidores obtener compensación, y así se abre el camino de la resolución alternativa de litigios con un mecanismo extrajudicial; un mecanismo que es rápido, justo y poco costoso, y teniendo en cuenta las necesidades de las personas consumidoras con bajos recursos. La Directiva 2013/11, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo, es la norma que aplica los procedimientos de resolución alternativa y exige que se cumplan unos requisitos de calidad en toda la Unión Europea, y que los consumidores y las consumidoras conozcan la existencia de dichos procedimientos.”
“Avanzando en la garantía de la eficacia sobre bases firmes para la protección de sus derechos, en su artículo 31 mandató al Gobierno la creación de un sistema arbitral que entendiera y resolviera, con carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, las quejas y reclamaciones de los consumidores y usuarios. El Sistema Arbitral de Consumo fue desarrollado reglamentariamente por primera vez en el Real Decreto 636/1993.”
“Esto lo entendimos muy bien los socialistas cuando pusimos en marcha el Sistema Arbitral de Consumo, paradigma en Europa del sistema alternativo que garantiza el respeto de los consumidores. (Aplausos). La Constitución exige que los poderes públicos garanticen la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo mediante procedimientos eficaces la seguridad, la salud y los intereses económicos de estos. Por tanto, nuestro marco constitucional es el mandato que impulsó la aprobación en España en 1984 de la primera ley general para la defensa de los consumidores y usuarios.”
“Presidenta, señorías, buenas tardes. Comenzamos la sesión en defensa del consumidor bajo el prisma de que tan importante es el reconocimiento normativo de derechos como establecer cauces eficaces para su ejercicio. Con este objetivo, el Grupo Parlamentario Socialista trae hoy aquí una proposición de ley para armonizar la información a incluir en las páginas web, contratos y facturas de electricidad y gas en relación con la resolución alternativa de litigios en materia de consumo. Señorías, la vulnerabilidad económica entorpece el acceso a la justicia, y este principio, que es aplicable con carácter general, lo es más en el derecho de consumo. Con independencia de los derechos que puedan reconocer nuestras leyes, estos derechos se convierten en humo si no existen cauces adecuados para que los consumidores los puedan hacer valer.”