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CONGRESO DE LOS DIPUTADOS · SITTING

Juan José Aizcorbe Torra

Grupo Parlamentario VOX · Spain

IN THEIR OWN WORDS

El texto incorpora modificaciones importantes: se incluye a mutualistas complementarios y se reconoce a quienes han -- 98 of 158 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 23 de julio de 2026 pertenecido a varias mutualidades, desaparece el límite que dejaba prácticamente sin efecto los años cotizados por quienes pasaron después al sistema público;…

DIARIO DE SESIONES 199 · 2026-07-23 · READ THE OFFICIAL RECORD

Nos devolvería, en cada caso, al texto contradictorio y pacato que salió del Congreso. La aplicación de esta ley se perfilará también en su desarrollo reglamentario. Allí tendrán que resolverse algunas de las cuestiones que el texto deja abiertas, sin reducir por esa vía el alcance de lo que hoy quede aprobado. Estaremos vigilantes.

DIARIO DE SESIONES 199 · 2026-07-23 · READ THE OFFICIAL RECORD

También quiero reconocer el trabajo difícil y honesto de algunos ponentes, incluso cuando las directrices de sus grupos o los vetos del Gobierno han reducido su margen o, incluso, han ido en contra de su íntima voluntad. Ese ha sido el trigo, pero, como advirtió San Agustín, junto al trigo también crece la cizaña.

DIARIO DE SESIONES 199 · 2026-07-23 · READ THE OFFICIAL RECORD

Algunos han estado empeñados en buscar vencedores y vencidos cuando aquí la única victoria digna de ese nombre sería que ningún mutualista quedase injustamente excluido. (Aplausos). Por eso hablamos de prioridad nacional.

DIARIO DE SESIONES 199 · 2026-07-23 · READ THE OFFICIAL RECORD

Y cuando en el Senado el Gobierno volvió a utilizar el argumento presupuestario, VOX presentó una salida: propusimos diferir la aplicación de nuestras enmiendas al siguiente ejercicio presupuestario.

DIARIO DE SESIONES 199 · 2026-07-23 · READ THE OFFICIAL RECORD

Muchas gracias, señora presidenta. Con su venia. Quiero enviar un saludo respetuoso a todos los mutualistas que nos acompañan hoy en este Congreso, a los que nos siguen telemáticamente, al presidente del Consejo, decanos, presidentes de distintos colegios profesionales y a las mutuas.

DIARIO DE SESIONES 199 · 2026-07-23 · READ THE OFFICIAL RECORD

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  1. Señor presidente, ya advertíamos a sus señorías en la primera intervención en esta Cámara sobre el presente proyecto de ley que nuestra obligación era no huir de la vehemencia necesaria que requieren los últimos acontecimientos en los que está envuelto el Gobierno. Señalábamos nuestro reproche a un importante proyecto de ley que debe reformar la justicia, proyecto de ley punteado con premura inusitada y enmiendas al peso, incoherente, con absoluto desprecio a las mínimas normas legislativas y que apuntala el fallido Estado de las autonomías amamantado por todos ustedes con regocijo suicida.

    DIARIO DE SESIONES 91 · 2024-12-19 · READ THE OFFICIAL RECORD

  2. Señorías, España es un personaje excepcional, inimaginable, fuera de serie, que ahora grita desesperadamente en busca de su nuevo autor. Ojalá lo encuentre, y ojalá lo encuentre en la concordia de una patria unida en su destino, próspera y en paz; una patria que asuma toda su historia, con sus luces y sus sombras, consciente del gran valor de la libertad, la que ustedes pretenden censurar una vez más. Aspirar, señores del Grupo Socialista, a que ustedes, en un acto de suma honradez, respeten la libertad es tan imposible como arar en el mar. Muchas gracias. (Aplausos de las señoras y los señores diputados del Grupo Parlamentario VOX, puestos en pie).

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  3. Lo que pretenden es muchísimo más serio de lo que pueda parecer. Quien controla el pasado, controla el futuro, escribió George Orwell, nombre de pluma de Eric Blair en su profética 1984, casualmente el mismo año en el que sale a la luz El conocimiento inútil de Jean-François Revel y su certero análisis de la realidad presente: «La primera de todas las fuerzas que dirigen el mundo es la mentira»; mentira como ahora: la mentira de un Gobierno que rebusca un caducado enfrentamiento de los españoles a casi cien años de la proclamación de la Segunda República, la espita que encendió con sus desmanes, como también advirtió Clara Campoamor, la tragedia de la contienda, que ahora remueven para tapar de nuevo sus actuales miserias.

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  4. (Aplausos). Pero hoy el problema es más grave aún, porque uno de esos partidos, los socialistas, se ha instalado en el extremismo más absoluto, pactando con todos los enemigos -- 5 of 58 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 28 de noviembre de 2024 de la libertad y la unidad, convertido en lo más parecido a una banda de saqueadores. Como dijo también brillantemente mi compañero, José María Sánchez, ustedes son amigos de la represión ideológica, no creen en la libertad; además, son necios, porque cómo se puede pretender imponer por ley la interpretación de un hecho como una contienda civil, que es un hecho que causa dolor, muerte, devastación, que remueve las conciencias de cada uno de los que sufrieron y sus herederos, que tienen sentimientos y opiniones distintas. Es imposible y es que, además, es cruel.

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  5. Esta proposición de ley viene en el momento donde aparece indisimuladamente el alma y la mística de este Gobierno de la izquierda, del socialismo, de los que entonan sin recato puño en alto la sangrienta cantinela de la Internacional; no es otra que la corrupción económica, la corrupción política y la corrupción moral en todos sus componentes, en todas sus acciones, como estamos viendo estos días, con su práctica de eliminación al adversario y el asalto a las instituciones; asalto a las instituciones con el auxilio sorprendente e inesperado ahora del Partido Popular, asaltando también todas aquellas instituciones que deben procurar en una democracia controles y balances para la existencia de separación de poderes, como el Poder Judicial o el Tribunal Constitucional, incluso en Televisión Española, a la que han acudido famélicos en busca de las sobras de un nefasto banquete, maldito sea, nombrando con el mismo método a cuatro consejeros en el Senado.

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  6. Naturalmente que los españoles pueden dar sepultura digna, y deben dar sepultura digna a sus abuelos o bisabuelos, de ambos bandos, con independencia de cuál sea su filiación política o su idea de pensamiento, y con toda la dignidad que merecen los muertos; muertos a los que este Gobierno, abanderado de la mentira, del encono y del enfrentamiento, no dejan descansar en paz, que no tiene escrúpulos en acosar, asediar y profanar a comunidades religiosas como la existente en el Valle de los Caídos, repitiendo lo que hicieron en la funesta Segunda República.

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  7. Señorías, VOX respeta la memoria de todas las víctimas y de todas las guerras civiles, también de las guerras civiles del siglo XIX, las tres guerras y las anteriores, por supuesto que sí. VOX pretende solo una máxima: que se permita a los españoles pensar en libertad, ser libres, que los españoles piensen respetuosamente lo que quieran de su historia, historia escrita por los historiadores y no por los políticos, y, por supuesto, VOX, nosotros, queremos dar sepultura digna a todos los muertos de la última contienda civil. A lo que nos negamos es a que la última memoria que sea válida en esta nación sea la memoria del Partido Socialista y sus adláteres, que, entre otras cuestiones, fue responsable directo del estallido de la Guerra Civil de 1936. (Aplausos).

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  8. Ley de Memoria Democrática, norma absolutamente totalitaria, impropia de cualquier democracia, incluso muchas dictaduras no se han atrevido a dictar leyes de memoria intentando condicionar la libertad de pensamiento, la libertad de conciencia, la libertad de expresión, la libertad de cátedra, la libertad de fundación y la libertad de asociación, que es exactamente lo que ataca de manera masiva este Gobierno y, concretamente, en esa proposición de ley el Grupo Socialista junto con sus cómplices de investidura, ahora ya también compañeros del gran saqueo; ley que atenta contra la concordia nacional, que escupe el abrazo que el pueblo español se dio hace décadas sellando posterior y formalmente la Transición.

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  9. No, la cuestión no es tan sencilla, y el fascismo puro y la democracia pura alientan a los dos adversarios. La división tan sencilla como falaz hecha por el Gobierno del Frente Popular entre fascistas y demócratas para estimular al pueblo, no se corresponde con la verdad. «La heterogénea composición de los grupos que constituyen cada uno de los bandos demuestra que hay al menos tantos elementos liberales entre los alzados como antidemócratas en el bando gubernamental». No son palabras mías, señorías. Vuestras señorías sabéis que son palabras de Clara Campoamor, quien gracias a su coraje introdujo el voto femenino en España.

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  10. Y, como suele ocurrir con la mentira, no se ha resignado con establecer a título de versión discutiblemente aceptada, sino que ha tratado de imponerse como única e inatacable; ley que pudo ser derogada por el Partido Popular cuando tuvo mayoría absoluta y la mantuvo. También en las autonomías no ha tenido la sensatez o, quizá, sí ha tenido la cobardía de custodiar las propias, temerosos del qué dirán. (Aplausos). Así fue como se promulgó y amamantó la llamada ley de memoria histórica, que viene a culminar su obra con la Ley de Memoria Democrática, cuya derogación pedimos, dando sanción legal a una operación de revisionismo histórico que eleva la reinvención ideológica del pasado a la categoría de dogma de fe. ¿Fascismo contra democracia?

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  11. Dicha herramienta de conversión inmoral de conciencias y recuerdos de niños a adultos inició su camino en el BOE con la conocida ley de memoria histórica primigenia, de la que pedimos ahora su derogación, promoviendo una lectura de la contienda española con una suerte de buenos, buenísimos y malísimos; con una ensoñación de un bucólico e imaginario paraíso republicano inexistente donde campaba una democracia plena y una patulea de militares fascistas que lo destruyeron a sangre y fuego. Tal reinvención ha sido impune, incorporada al imaginario colectivo mediante la inyección pedagógica, la propaganda mediática cómplice y temerosa de que se la señale como heredera del franquismo cuando este finalizó incluso antes del 20 de noviembre de 1975.

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  12. Como bien dijo el polémico cronista y escritor ―citando a Borges―: «El pasado es indestructible, pues tarde o temprano vuelven todas las cosas», y una de las cosas que vuelve es el intento de abolir el pasado, que en estas últimas décadas estamos sufriendo en España entre el fanatismo de unos y el silencio timorato de otros, un ensayo especialmente perverso de prohibir el pasado, que no ha consistido -- 4 of 58 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 28 de noviembre de 2024 tan solo en negarlo, no, ni siquiera en interpretarlo a satisfacción de parte, tampoco, sino en reinventarlo. Con ello, el pasado se convierte en un arma política contra el adversario y en una llamada al resentimiento para destruir la concordia social.

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  13. En consecuencia, es coherente que nuestra enmienda a la totalidad con texto alternativo consista en la propuesta de una ley que modifique el ordenamiento jurídico en el sentido de terminar con las políticas oficiales de memoria democrática de carácter ideológico y sectario. (Aplausos).

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  14. La exposición de motivos de la proposición original declara que la Ley de Memoria Democrática impulsa un proceso de memoria como componente esencial de la configuración y desarrollo de una sociedad avanzada como la española, es decir, hace un reconocimiento expreso de que dicha Ley de Memoria Democrática es la norma central de todo un programa político y legislativo que, a su vez, está notoriamente inspirado por tendencias ideológicas muy determinadas, perfectamente identificadas, que beben del recipiente del odio y del rencor. De hecho, la propia formulación de esta proposición de ley deriva directamente de una previsión contenida en una disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática, y así lo hace constar explícitamente la propia iniciativa.

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  15. Una vez más, el PSOE, para desviar la atención de sus miserias, saca a pasear algo que no importa a los ciudadanos en estos momentos, salvo que en ello nos va la libertad, pues se pretende, bajo esa excusa de marchamo inconfundible de la izquierda en el poder, que los españoles no piensen y, en definitiva, la paz impostada del pensamiento único. (Aplausos).

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  16. Con la venia. Estamos ante un debate de totalidad que trae causa de la toma en consideración de la proposición de ley presentada por el Grupo Socialista para la modificación de la Ley Orgánica reguladora del derecho de asociación, con el voto favorable y el susurro indisimulado de «Agrupémonos todos en la lucha final», desde SUMAR y Bildu hasta el Grupo Popular en su condición de comparsa desorientada. Dicha proposición tiene como objeto ―tal como señaló de forma brillante mi compañero de bancada, Ignacio Hoces, en su intervención sobre su admisión, a la que me remito en todos sus extremos y en síntesis― incorporar como una causa de disolución de las asociaciones el recuerdo o la apología del régimen anterior, siempre y cuando concurra menosprecio y humillación a las víctimas.

    DIARIO DE SESIONES 85 · 2024-11-28 · READ THE OFFICIAL RECORD

  17. Muchas gracias. (Aplausos de las señoras y los señores diputados del Grupo Parlamentario VOX, puestos en pie).

    DIARIO DE SESIONES 82 · 2024-11-21 · READ THE OFFICIAL RECORD

  18. Y estando en el Barrio de las Letras, donde se encuentra este edificio, permítanme vuestras señorías, con la licencia de un momento tranquilo aquí, en familia, con el recuerdo escrito de aquellos tiempos del Siglo de Oro de tabernas con jarras de caldos bastos, mozas lozanas y mozos de honores incólumes, de prestamistas y duelos, donde Quevedo escribió aquellos poemas cuyo estribillo rezaba «poderoso caballero es don dinero», pues, eso mismo, para evitar abusos bueno es que se defienda en justicia, incluso en equidad, a los clientes de los bancos, pero con una autoridad que realmente cumpla los -- 83 of 103 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 21 de noviembre de 2024 principios de independencia, transparencia, contradicción, eficacia, legalidad, libertad y representación y que no cueste dinero a los españoles, no con el proyecto que presenta este Gobierno.

    DIARIO DE SESIONES 82 · 2024-11-21 · READ THE OFFICIAL RECORD

  19. Tan importante es impedir que la banca haga rehén o capture a la autoridad independiente como dejar claro a los clientes afectados por los bancos que la autoridad no es su abogado. Dicha autoridad debería ser un organismo técnico que funcionase al margen de la política. Para finalizar, es evidente que a nadie se le escapa, aunque sea alguien lego en la materia, pero no menos importante, que la creación de este organismo, tal y como está diseñado, es un paso más hacia la dilución de la actividad jurisdiccional y el aumento del poder político vía control de organismos decisorios no jurisdiccionales. ¿Nada es nuevo? Nada es nuevo, salvo el ropaje, y el espíritu del problema persiste históricamente.

    DIARIO DE SESIONES 82 · 2024-11-21 · READ THE OFFICIAL RECORD

  20. La propuesta, tal y como se plantea, crea una autoridad frágil, señor ministro, como un apéndice de los supervisores carente de potestades para marcar y ejecutar sus propias políticas. Efectivamente, con ello el sistema dispone de garantías de imparcialidad, pero la autoridad independiente, que entendemos puede ser útil, no lo es en los términos propuestos porque carece de independencia, con lo cual la hace inútil a su propósito. El diseño que se propone de autoridad de defensa del cliente financiero debería asumir todas las potestades relacionadas con la defensa del cliente financiero, y no lo hace. De este modo, los supervisores podrían concentrar sus esfuerzos en garantizar la estabilidad del sistema financiero, la solvencia de las entidades y la transparencia del mercado, que es su misión.

    DIARIO DE SESIONES 82 · 2024-11-21 · READ THE OFFICIAL RECORD

  21. Así pues, la alternativa que proponen no cumple su finalidad, pero es que la propuesta del Gobierno tampoco. El régimen propuesto no distingue con claridad entre la organización de la autoridad independiente como parte del organismo político en la organización del sistema de su resolución de litigios, que debería constituir su principal actividad. Si a eso añadimos que el Gobierno socialista ha demostrado ser incapaz de mantener la más mínima neutralidad e independencia en las instituciones, debiendo pasar los nombramientos de presidente y vicepresidente por el Ministerio de Economía y por el Congreso con la mayoría absoluta, lo que se evidencia es que esa neutralidad no existirá y que la independencia de la autoridad independiente es entonces una falacia.

    DIARIO DE SESIONES 82 · 2024-11-21 · READ THE OFFICIAL RECORD

  22. Sabemos lo que sucede con ese colapso que afecta, cómo no, a todo el sistema judicial. Ustedes, señores del Grupo Popular, proponen el mantenimiento de la alternativa conocida como twin peaks, en el que el responsable de la supervisión de solvencia sea el Banco de España y el de conducta la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que la consideran técnicamente más sencilla y económicamente más eficiente. Pero dicha alternativa sigue siendo una buena solución para repartir el trabajo de los supervisores. No es una alternativa a la creación de una autoridad de defensa del cliente por la sencilla razón de que esa autoridad no debería ser un supervisor financiero. Su función debería ser aplicar las normas de conducta para reparar al cliente cuando sus derechos hayan sido vulnerados, no vigilar su cumplimiento.

    DIARIO DE SESIONES 82 · 2024-11-21 · READ THE OFFICIAL RECORD

  23. En todo lo anterior es evidente que también hay un interés público, incluso una necesidad emergente de crear un sistema que resuelva los conflictos entre las entidades financieras y su clientela. La ausencia de un sistema que ofrezca un procedimiento de resolución alternativa de litigios que sea independiente y justo ha ocasionado que cientos de miles de consumidores financieros, de clientes de bancos, hayan tenido que acudir a un procedimiento judicial para ejercitar sus derechos y reclamaciones, colapsando los juzgados y tribunales. Muchos de nosotros ―bueno, algunos pocos― como letrados y abogados, a los que también se ignora en este proyecto de ley, hemos tenido numerosos procedimientos relacionados con las controversias bancarias, ya sea en un lado o en otro.

    DIARIO DE SESIONES 82 · 2024-11-21 · READ THE OFFICIAL RECORD

  24. -- 82 of 103 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 21 de noviembre de 2024 Analizando su enmienda, ustedes denuncian ―y VOX también― la ausencia de presupuestos generales del Estado de este ejercicio 2024 que languidece ―cierto―, la incapacidad de aprobar la senda de déficit y deuda ―cierto― y, con ello, la falta de tramitación de los presupuestos generales del Estado para el año 2025 ―cierto―, que coincide con la entrada en vigor de la reforma del marco fiscal de la Unión Europea que establece y exige contención en las decisiones y en las políticas del Gobierno ―cierto―, sin olvidar que la obligación del Gobierno es buscar la mayor eficacia, pero también la mayor eficiencia en el uso de los fondos públicos. Cierto también. Todo lo anterior le da absolutamente igual al Gobierno. Lo sabemos todos los que estamos aquí, unos y otros.

    DIARIO DE SESIONES 82 · 2024-11-21 · READ THE OFFICIAL RECORD

  25. Presenta una enmienda a la totalidad sobre un proyecto de ley mejorado sobre el que hace unos meses y en términos similares VOX hizo lo propio y ustedes se abstuvieron. Con este Gobierno no se puede ir con paños calientes. No importa lo que nos digan, no importa lo que nos llamen ―al menos a VOX no le importa―, pues a todo lo que proponga este Gobierno tenemos la obligación de decir no, no y no. (Aplausos). No a un Gobierno que en vez de cumplir todo lo que promete, promete todo lo que no puede cumplir.

    DIARIO DE SESIONES 82 · 2024-11-21 · READ THE OFFICIAL RECORD

  26. Muchas gracias, señora presidenta. Señor ministro, debatimos hoy una enmienda a la totalidad al proyecto de ley del Gobierno, que trae al Congreso para su aprobación, relativa a la creación de la autoridad administrativa independiente que, básicamente, resuelva los conflictos de las entidades financieras, los bancos, con su clientela. En el texto el Gobierno manifiesta que dicha autoridad ha de estar sometida a los principios de independencia, transparencia, contradicción, eficacia, legalidad, libertad y representación. Vaya por delante ―con todo el afecto y respeto que sabe que le tengo, señora Garrido, del Grupo Popular, grupo autor de la enmienda― que a buenas horas, pues en ocasiones no hay quien entienda al Grupo Popular.

    DIARIO DE SESIONES 82 · 2024-11-21 · READ THE OFFICIAL RECORD

  27. -- 27 of 41 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 14 de noviembre de 2024 Es una reforma incompleta, sesgada, sin razón, sin ciencia que, como decíamos al principio, apuntala el fallido Estado de las autonomías. Esta no es la reforma que necesita la justicia en España ni los españoles. Es una oportunidad perdida. Muchas gracias. (Aplausos de las señoras y los señores diputados del Grupo Parlamentario VOX, puestos en pie).

    DIARIO DE SESIONES 79 · 2024-11-14 · READ THE OFFICIAL RECORD

  28. Es una reforma de la justicia con un régimen transitorio i-na-su-mi-ble, y lo saben muy bien, manteniendo las diferencias en las competencias de justicia entre las comunidades autónomas, que por mor de unas y otras van a distintas velocidades; por ejemplo, aquellas donde todavía se deben presentar las copias en papel y aquellas que utilizan la dirección electrónica única. Es una justicia con falta de recursos y medios que señala juicios para el año 2029; un desastre y, tal como se plantea la reforma, no se mitigará. Saben que es una mala reforma, pilotada por un Gobierno sin escrúpulos e incapaz y que, con estos mimbres, la justicia española no será ni ágil ni útil, pero sí desigual para los ciudadanos en función de cada comunidad autónoma.

    DIARIO DE SESIONES 79 · 2024-11-14 · READ THE OFFICIAL RECORD

  29. Son tantas las patrañas y la mugre legislativa que modifica incluso normas de financiación de los partidos políticos o que, bajo el pretexto de una teórica respuesta a un procedimiento de infracción de trasposición, que tampoco viene a cuento, modifica la Ley 23/2014, de Reconocimiento Mutuo de Resoluciones Penales en la Unión Europea, un traje a medida hecho para los socios del PSOE, los separatistas y los herederos políticos de ETA, como hicieron recientemente con el cómputo de penas para etarras ―insisto en ello― abriendo la vía de ‘salvemos a Puigdemont’. (Aplausos).

    DIARIO DE SESIONES 79 · 2024-11-14 · READ THE OFFICIAL RECORD

  30. Reforma de la justicia que de nuevo, y en pago a los favores del separatismo vasco, modifica la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local sin venir a cuento, por la que sobre los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter general, que son los secretarios de ayuntamiento y los interventores municipales, acogidos a un proceso selectivo, concurso de traslado o adjudicación de destino único, a partir de ahora, en el ámbito de las provincias vascongadas, será el Gobierno vasco quien tendrá todas las competencias que tiene ahora el Estado con respecto a esos funcionarios. Lógicamente, nos oponemos a esta ruptura y a esa desigualdad en un cuerpo de ámbito nacional. Esto supone, una vez más, la destrucción de los elementos esenciales del Estado español para convertir España en un almacén de retales. (Aplausos).

    DIARIO DE SESIONES 79 · 2024-11-14 · READ THE OFFICIAL RECORD

  31. Reforma con la que se pretendía, mediante amago, de tapadillo por los partidos políticos, modificar la Ley de Seguridad Social mediante enmiendas separadas, insuficientes y de simple postureo, para atender la necesidad e injusticia que afecta a miles de profesionales a los que se niega el derecho a una pensión digna cuando se les obliga a permanecer únicamente en mutualidades o mal informados sin acceso a ser acogidos por la Seguridad Social. Procede la pasarela uno por uno en tiempo cotizado y ustedes, señores del Gobierno y adláteres, son los responsables. Es una reforma de la justicia que enaltece el espíritu confiscatorio del Gobierno y modifica la Ley Concursal, donde el privilegio de la Agencia Tributaria puede ser previo, incluso, a los gastos del propio concurso en una perversión insoportable.

    DIARIO DE SESIONES 79 · 2024-11-14 · READ THE OFFICIAL RECORD

  32. Reforma de la justicia y, como es habitual, norma repleta de consignas ideológicas, de un lenguaje inclusivo que pervierte y entorpece su significado, como se les advirtió también por los propios letrados de la comisión. Reforma de la justicia que carece de un eficaz y eficiente desarrollo de la carrera del personal de justicia o que pierde la oportunidad de que se constituyan verdaderos juzgados de Familia e Infancia con carácter general y juez especializado. Una reforma de la justicia que entorpece la libertad de empresa con modificaciones que no vienen al caso, donde se atribuyen a la Inspección de Trabajo —en la que SUMAR se ha autoproclamado legítimo portavoz, señores inspectores de Trabajo― funciones y actividades de conciliación, mediación y arbitraje en huelgas y conflictos, convirtiéndola en juez y parte.

    DIARIO DE SESIONES 79 · 2024-11-14 · READ THE OFFICIAL RECORD

  33. Proyecto de ley llamado de eficiencia del servicio público de justicia, justo en los momentos en que el fallido Estado de las autonomías ha mostrado su auténtico y pavoroso rostro en un Estado ineficiente y fratricida, inexistente cuando más necesario era. (Aplausos). Reforma de la justicia que se ha tramitado con absoluto desprecio a las mínimas normas legislativas ―una vez más―, de forma precipitada e incompatible con un estudio verdaderamente profundo de una iniciativa tan trascendente ―tal como se ha recordado aquí― y, a pesar de ello, votan que sí. Reforma de la justicia a conveniencia del Gobierno y con las exigencias a la carta de los socios de compañía y el separatismo pedigüeño, pero separatismo que no engaña, salvo a aquellos que finjan ser engañados y, como hemos visto aquí, con ganas de gresca también entre ellos.

    DIARIO DE SESIONES 79 · 2024-11-14 · READ THE OFFICIAL RECORD

  34. Ejemplo de ello es el trámite formal con el que despacha este importante proyecto de ley ―que debe reformar, en teoría, la justicia― con rapidez inusitada en su fase final, con enmiendas a paladas, a martillazos deslavazados, retirando una sección entera ―tal como se advirtió―, incoherente y que apuntala el fallido Estado de las autonomías que han estado amamantando todos ustedes con fruición suicida, empeñados en matar las almas regionales para sustituirlas por hechos diferenciales a través de -- 26 of 41 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 14 de noviembre de 2024 estructuras administrativas caras, inútiles y perversas como las comunidades autónomas, con todo el soporte artificioso y pesebres de favores que las hacen inútiles ―como hemos visto, por desgracia―, que reafirman la desigualdad entre españoles y que persisten ―con esta reforma que afecta a la justicia― en trato diferente en según qué taifa.

    DIARIO DE SESIONES 79 · 2024-11-14 · READ THE OFFICIAL RECORD

  35. Señora presidente, miembros de la comisión participantes en la ponencia, especialmente los que llevan la representación de la misma en este debate, permítanme vuestras señorías una intervención esquemática, simple, insuficiente por la premura del tiempo asignado, siendo de obligada condición hoy y ahora aquí no huir de la vehemencia necesaria que requiere la actual y calamitosa situación en España con los últimos acontecimientos en momentos de rabia, de dolor, de sentido de duelo con los hechos más trágicos y de estupefacción, indignación y reproche por tanta iniquidad política de este Gobierno y sus secuaces de turno. (Aplausos).

    DIARIO DE SESIONES 79 · 2024-11-14 · READ THE OFFICIAL RECORD

  36. ¿Está diciendo que aquellas personas con gran invalidez perderán el 50 % por el cuidado de las terceras personas? Porque no está todavía aclarado lo que dice la disposición final segunda. (Aplausos). Por eso, señora ministra, pedimos —y acabo, señor presidente— que se reconsideren estas cuestiones que entendemos que son cuestiones técnicas, como habrá visto, cuestiones absolutamente técnicas. Por lo demás, nosotros, con la discapacidad y con los discapacitados, igual que con nuestras familias: con todo y con ellos, por supuesto. Muchas gracias. (Aplausos de las señoras y los señores diputados del Grupo Parlamentario VOX, puesto en pie). -- 37 of 82 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 22 de octubre de 2024

    DIARIO DE SESIONES 72 · 2024-10-22 · READ THE OFFICIAL RECORD

  37. Señora ministra, aquí se esconde moralmente una gran trampa, se produce sin duda una inversión del principio de solidaridad del que debe ser el garante el Estado y no los ciudadanos o las empresas garantes de los incumplimientos del Estado. Nosotros entendemos que, tal como está escrita la norma en este momento, se ponen en peligro las prestaciones de lo que conocemos como incapacidad permanente total y absoluta y la gran invalidez, que dejarán de estar posiblemente garantizadas, pasando a la incertidumbre. Usted sabe, señora ministra, que la incapacidad transitoria permanente tiene una pensión del 55 %; la contributiva, del 75 %; la absoluta, del 100 % de la base de cotización, y la gran invalidez, del 150 %. ¿Asumirá este 150 % de la gran invalidez la empresa o pagará el 100 %?

    DIARIO DE SESIONES 72 · 2024-10-22 · READ THE OFFICIAL RECORD

  38. Simplemente por eso entendemos que vale la pena la enmienda a la totalidad, porque debería abordarse primero esa modificación de la normativa de la Seguridad Social para después acometer el régimen de la extinción de la relación laboral de forma coherente con dicha regulación. Y, a la vista de la normativa en materia de Seguridad Social de esta sentencia, no cabe que la persona trabajadora en situación de incapacidad permanente total o absoluta o de gran invalidez pueda mantener su relación laboral solicitando la adaptación en el puesto de trabajo, a tenor de esta sentencia recientemente reconocida en el Tribunal Supremo, en la Sala Cuarta, en abril de 2024.

    DIARIO DE SESIONES 72 · 2024-10-22 · READ THE OFFICIAL RECORD

  39. Resulta difícil imaginar, por un lado, que la norma califique la incapacidad permanente absoluta como situación que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión y oficio, y que, por otro lado, esté permitiendo la compatibilidad con actividades que, según la definición anterior, no podría realizar. En línea con este último argumento está la disposición final segunda, donde el Gobierno, en el plazo de seis meses, en el marco del diálogo social, presentará una propuesta de modificación de la normativa en materia de Seguridad Social. No me dirá, señora ministra, que no hubiese sido mejor empezar por ahí y, una vez hecho este acuerdo, realizar esta ley.

    DIARIO DE SESIONES 72 · 2024-10-22 · READ THE OFFICIAL RECORD

  40. En relación con las diferencias entre discapacitación e incapacitación, efectivamente, el proyecto de ley ignora la reciente sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 11 de abril de 2024, que el señor ministro también conoce, sobre el régimen de compatibilidades entre prestaciones de incapacidad permanente y el trabajo por cuenta propia o ajena. En dicha sentencia se indica que el recto entendimiento de la Ley General de la Seguridad Social conduce a determinar que los trabajos compatibles con las prestaciones de incapacidad determinadas, esto es, la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez, son de carácter marginal y de poca importancia.

    DIARIO DE SESIONES 72 · 2024-10-22 · READ THE OFFICIAL RECORD

  41. En aras de la necesidad jurídica sería preciso también determinar en qué situación se encuentra la relación laboral durante el plazo para manifestar la voluntad de continuar en la empresa por parte de la persona trabajadora y el plazo para la adaptación del puesto de trabajo, el cambio a otro o la extinción del contrato de trabajo, en virtud de la activación, como bien sabe, del artículo 48.2 del Estatuto de los Trabajadores, sin que nada aparezca en el texto propuesto. Igualmente, debería contemplarse en la norma que los convenios colectivos puedan regular el procedimiento a seguir para la adaptación o el cambio de puesto de trabajo cuando se produzca la solicitud de la persona trabajadora.

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  42. Además, en cuanto a la propuesta ―nuevamente lo ha advertido la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 18 de enero de 2024, que hemos citado de forma reiterada―, se deduce la imposición a la empresa de la obligación previa al despido de prever o mantener ajustes razonables, o demostrar, en su caso, que tales ajustes no constituirán una carga excesiva, y no el que exista un puesto de trabajo adaptado o susceptible de ser adaptado. Incluso puede suceder que algunos ajustes requieran cierta capacitación o título que no ostenta la persona afectada, cuestión ni siquiera planteada en la norma.

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  43. Como novedad, la regulación que se pretende pone en relación los costes de adaptación del puesto de trabajo con el salario medio de la empresa, además de con el tamaño y volumen -- 36 of 82 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 22 de octubre de 2024 de negocios de la empresa, bajo argumento recogido en la exposición de motivos, en teoría para que la aplicación de la norma permee también a las pequeñas y medianas empresas, mayoritarias en España. No se encuentra justificación en dicho argumento para la incorporación de la referencia al salario medio de la empresa ni para su vinculación con los costes de adaptación del puesto de trabajo. Por otra parte, la carga excesiva debería valorarse no solo en relación con la adaptación del puesto de trabajo, sino también en relación con el cambio a otro puesto compatible con la nueva situación.

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  44. Aun más, recoge en ese segundo párrafo del referido artículo 40.2 de la mencionada ley determinar cuándo la adaptación del puesto de trabajo es desproporcionadamente onerosa para la empresa, eludiendo sin especificar el contenido sustancial de cada concepto a la dependencia, a la disponibilidad de recursos públicos, a los costes que la adaptación implique y al tamaño y volumen de negocios de la empresa.

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  45. Esto es, que la posibilidad de extinguir el contrato hasta ahora en manos de la empresa se condiciona a la voluntad del trabajador, que podrá solicitar, o bien una adaptación de su puesto de trabajo razonable, necesaria y adecuada, o bien el cambio a otro puesto de trabajo vacante disponible acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación. Esta fórmula produce un evidente desajuste con el contenido del artículo 40.2 de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad, en el que es el empresario quien está obligado a llevar a cabo los ajustes sin que sea preceptiva la previa solicitud de la persona afectada, tal como se propone en el nuevo texto.

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  46. Pero dicha sentencia no solo afecta a este tipo de incapacidad y no a una incapacidad para todo trabajo, como la incapacidad absoluta y ulteriores grados, como la gran invalidez, excluidas de dicha resolución pero que no se diferencian, incomprensiblemente, en el texto de la norma que se pretende aprobar, y usted lo acaba de corroborar. La propuesta de modificación del artículo 49.1 con un nuevo apartado n) del Estatuto de los Trabajadores se rige por un principio de voluntariedad en sentido estricto.

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  47. Es evidente que la sentencia de 18 enero de 2024 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea acelera esta reforma, pero también lo es que en ella no se cuestiona, a diferencia de lo que ha dicho, la posible resolución del contrato por incapacidad permanente, pero sí que dicha resolución pueda ser automática. También dicha sentencia se refiere a la obligación de la empresa de acometer ajustes razonables antes de extinguir un contrato, declarada en el trabajador la situación de incapacidad permanente total, excepción que solo puede proceder si dichos ajustes no son posibles.

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  48. Atendiendo a estos ingredientes y al marco en el cual nos debemos mover, vaya por delante nuestro compromiso, el del Grupo Parlamentario VOX, para con los derechos de las personas con discapacidad y, en concreto, con la eliminación de las barreras que impidan su integración plena en el mercado laboral y en el desarrollo vital de cada uno de ellos. (Aplausos). Precisamente por ello, cúmplenos señalar las incongruencias y la inseguridad jurídica que puede generar la aprobación de este proyecto de ley, para que sea devuelto y corregir todos los desatinos que hacen de este una mala herramienta que perjudica, precisamente, los derechos y, en definitiva, a las personas con discapacidad, así como a las empresas, que es la conjunción de trabajadores y empresarios.

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  49. Así pues, este debate de totalidad sobre el Proyecto de ley por la que modifica el artículo 49 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y el 174 del Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social tiene unas diversas circunstancias con repercusión jurídica que le dan sentido, y estas son por orden cronológico: la Directiva de la Unión Europea 2000/78, de 27 de noviembre de 2000; la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada el 13 de diciembre de 2006 por la incompetente como inútil tantas veces Asamblea General de Naciones Unidas; el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social en el artículo 40.2 de dicho texto; la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 18 de enero de 2024, Asunto Ca Na Negreta; y la reciente sentencia, señora ministra ―que ha olvidado decirla―, de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de 11 de abril de 2024.

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  50. Veamos: no tengo la menor duda que vuestras señorías son conscientes de que para resolver un conflicto jurídico no existe una única solución correcta y mucho más en la enloquecida sobreabundancia normativa en la que nos encontramos, pero lo que no es aceptable es la creación legislativa atendiendo a impulsos que repercuten en leyes que en su aplicación son susceptibles de diversas interpretaciones, haciendo entonces de la jurisprudencia no complemento del ordenamiento jurídico, sino, por defecto, fuente del mismo al trasladar precipitadamente la responsabilidad a los jueces y magistrados que, en ejercicio de un arbitrio legítimo, interpretan la norma, que en ocasiones no cumple con su finalidad, que no debería ser otra que la de apuntar y discernir correctamente las conductas de los afectados por la misma.

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