Maribel Vaquero Montero
Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) · Spain
“Esta parte del proyecto de ley ha contado desde el principio con una valoración positiva por parte de nuestro grupo. No obstante, mantenemos dos enmiendas relativas a la creación del programa estatal de promoción de la accesibilidad universal, porque entendemos que debe configurarse como un fondo de financiación cuya gestión cuente con la…”
“Arratsalde on guztioi. Todas las personas en algún momento de nuestra vida necesitaremos cuidar o ser cuidadas, por ello, además de reforzar los servicios públicos y la colaboración con el tercer sector y el ámbito comunitario, debemos situar los cuidados en el centro de las políticas públicas.”
“Por ofrecer algunos datos que ilustran la magnitud del sistema, actualmente el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia atiende a 1 700 000 personas en todo el Estado.”
“Lehenik eta behin, desgaitasuna duten pertsonen eskubideei eta haien gizarteratzeari buruzko Lege Orokorra. Lege proiektuan jasotako erreformak, bereziki ponentzia fasean egindako lanen ondoren txertatutakoak, bat datoz Konstituzioaren 49.”
“No obstante, seguimos manteniendo varias enmiendas vivas porque entendemos que responden a necesidades que aún no han sido resueltas: proponemos la creación de un tejido asistencial específico para personas dependientes menores de 65 años, reclamamos una atención integral para las personas afectadas por la polio, también defendemos una co…”
“Las condiciones básicas deben garantizar la igualdad en el ejercicio de los derechos, pero no imponer uniformidad. La segunda cuestión era la financiación.”
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“Usted ha enumerado varias de las medidas adoptadas, que son muchas, y le agradecemos la información que nos ha facilitado, pero yo quiero centrarme en el futuro. Coincidimos todos o casi todos los aquí presentes, porque hay algunos que creen que la tierra no es redonda y niegan que el cambio climático esté detrás de las catástrofes naturales, en que, evidentemente, yendo contra la evidencia científica y negando la realidad nada se puede hacer. A la exministra Ribera le hablábamos de las cuatro etapas que los expertos enumeran en una catástrofe: la prevención, la preparación, la respuesta y la recuperación. Hoy todos podríamos coincidir en que las dos primeras fallaron. Y no voy a entrar a valorar si la respuesta a corto plazo para restablecer la vida en las comunidades y en los municipios, en general, está siendo la más adecuada.”
“Señor ministro, tengo que reconocer que, como ya dicho en euskera, en relación con la gestión de la DANA y la posterior actuación de usted y de su ministerio, me ha sorprendido gratamente su postura: proactiva, de manos a la obra, esperanzadora y sin entrar al trapo, incluso diría que esperanzadora hacia aquel o aquella persona que lo ha perdido todo. Tal vez me ha llamado más la atención, primero, porque no nos tiene acostumbradas a no entrar al trapo y, segundo, porque no ha sido la dinámica actual durante este último mes, en el que se ha perdido mucha energía en atacar al adversario político para tapar las vergüenzas de una mala gestión en lugar de actuar, que es lo que esperan de los gobernantes.”
“Sí, sin duda, pero antes tenemos trabajo que hacer: debemos poner a las personas en el centro y dar una respuesta adecuada a aquellas personas que lo han perdido todo. Hablo de devolverles la normalidad, de reconstruir su día a día, de reconstruir sus vidas. Señor ministro, usted no ha sido el primer miembro del Gobierno en venir a esta Cámara y no creo que sea el último; parece que la próxima semana va a haber otra intervención. En su caso, la verdad, teniendo en cuenta todo lo que ha ocurrido tras la DANA, y sin que sirva de precedente, sobre las medidas que tomó ante la DANA y en los días siguientes, como decía, no tenemos nada que objetar, sino todo lo contrario.”
“Y parece que las comparecencias del Gobierno también han contribuido a todo esto. Es decir, en vez de realizar una lectura real y sincera sobre lo que ha ocurrido, nos dedicamos a pedir responsabilidades políticas a unos y a otros. Pero ahora a nosotras, las representantes políticas, nos corresponde actuar con honestidad, cada una desde su función y desde su responsabilidad; es lo que la ciudadanía espera de nosotras. No me corresponde actuar desde esta tribuna como si fuese un cura y juzgar y echar la culpa a unos y otros sobre lo ocurrido ni decirles lo que deben hacer. Esta no es mi función y, además, creo que habrá tiempo para ello. ¿Ha habido falta de coordinación? Sí. ¿La prevención y la reacción ante la catástrofe no han sido adecuadas? Pues no, está claro que no. ¿Habrá que depurar las responsabilidades políticas?”
“Tanto en los medios de comunicación como en las redes sociales se han difundido medias verdades y mentiras, y se han difundido con gran intensidad, y muchas de ellas, además, han sido intencionadas, dirigidas. En esta tragedia sí que ha habido gente que, en vez de ayudar a limpiar los comercios, se ha dedicado a robar y ha habido gente que se ha dedicado a construir un relato interesado, un relato que afecta negativamente a la democracia y al sistema. Y es que algunos solo saben hacer política desde el populismo. Como ya dijo mi compañera de grupo, Idoia Sagastizabal, hace un par de semanas en el debate político que se está llevando a cabo, en vez de hablar sobre cómo hay que actuar de cara al futuro o las medidas que se deben tomar, lo único que se está haciendo es un intento de construir un relato sobre lo que ha ocurrido.”
“Zure kasuan, egia esan, danaren inguruan ondorengo egunetan gertautakoak kontutan hartuta, eta ez bada ohikoa ere, ez dugu hartutako neurrien aurrean ezer txarrik esaterik, kontrakoa baizik. -- 83 of 106 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 11 de diciembre de 2024 Buenas tardes, señorías. Señor ministro, en primer lugar, para empezar, quiero que mis primeras palabras sean para aquellos que el 29 de octubre perdieron algún familiar o algún allegado a consecuencia de la DANA, para aquellos que perdieron sus casas, sus modos de vida y para aquellos que hoy todavía están realizando labores de limpieza. Para aquellos que han perdido su futuro, les hacemos llegar toda nuestra solidaridad. Durante este largo mes han llegado a nuestros oídos versiones o realidades diferentes sobre lo ocurrido en Valencia.”
“Eta nahiz hemendik elizan apaiza pulpit, pulpito batetik arituko ez naizen, besteari gertatutakoaren aurrean nola jokatu behar duen epaitzen, ezta errutzen, ez da nire egitekoa hori eta uste dut horretarako denbora izango dela ere. Koordinazio falta izan dela? bai. Prebentzio eta katastrofearen aurrean izandako erreakzioa ez dela egokia izan? begi-bistakoa da. Ardura politikoak ere argitu beharko dira. Noski baietz. Baina orain aurrendiko lan batzuk ditugu. Pertsonak erdingunean jarri eta denak galdu duten horien erantzun egoki bat eman, normaltasuna, egunerokortasuna, berreraiki, bizitzak berreraiki. Ministro jauna; zu etzara gobernutik lehenengoa izan ganbara honetara etortzen eta dirudienez etzara azkena izango ere. Datorren asteko, asterako badugu ere beste agerraldi bat.”
“Badira populismoa politika egiteko modu bakarra bihurtu dutenak. Idoia Sagastizabalek nire taldekideak duela pare bat aste zioen bezala, orain arteko eztabaida politikoa etorkizunera begira zer egin behar den, zer nerre, neurri hartu behar diren baino, gertatutakoaren inguruan errelatoa eraikitzeko saiakera bat besterik ez da izan. Eta gobernuaren agerraldi hauek horretara bideratu dira ere hein handi batean. Alde batera eta bestera erantzukizun politikoan hori leporatu gertatutakoaren inguruan irakurketa erreala eta zintzoa egin beharrean. Eta zintzotasunez aritzea dagokigu guri, ordezkari politikoei, bakoitzak bere egitekotik eta bere arduratik. Hori da gutaz espero dutena.”
“Beno arratsalde on guztiei. Ministro jauna, lehenik eta behin, nere lehen hitzak pasa den urrian 29an danaren ondorioz, familiko bat, lagun bat galdu zutenentzat, bere etxea, bere bizimodua galdu zutenentzat. Oraindik garbiketa- lanetan dabiltzanentzat, etorkizun hurbilean etorkizuna galduta duten horientzat guztiei gure elkartasuna adierazi nahi diet. Azken hilabete luzean Valentzian gertatukoren gertatutakoaren inguruan errealitate ezberdinak entzun ditugu. Bai komunikabideetan, zein sare sozialetan, nonahi, erdi egiak eta gezurrak bolo-bolo aritu dira. Horietako asko bideratuak izan dira. Tragedia guzti honen aurrean, izan dira, bai, komertzioak gabirtzen lagundu ordez lapurretan aritu direnak eta izan dira ere, errelatu interesatu bat eraikitzen aritu direnak demokrazia eta sistemaren kaltetan.”
“Ministro, no han presentado ningún planteamiento concreto sobre cómo van a dar solución y han echado balones fuera. Tiene que ser un juzgado el que diga que es un derecho y que es un derecho que tiene que ser retribuido. Pero lo hacen a costa de los demás, de la parte contratante en este caso o de que tengan que asumir las familias el coste de ir a un juzgado y esperar una sentencia que les sea favorable. ¿Cuándo van a tomar medidas? ¿Cuándo van a presentar esa propuesta?”
“Cuando los Parlamentos o el Gobierno toman estas decisiones lo esperado es que también se asuma la responsabilidad de su cumplimiento o se llegue a acuerdos sociales que lo faciliten. Ustedes anuncian medidas, reconocen derechos que, ante su falta de acción, otros tienen que asumir. Y su inacción tiene consecuencias. ¿Qué van a hacer ahora? ¿Cómo van a dar solución a esta situación? ¿O van a repercutir, con su silencio, toda la carga social que ustedes decían que iban a asumir en la parte contratante, en la empresa, en el comercio o en la administración pública? ¿Van a tener que acudir las familias a los tribunales para que se retribuya este permiso, asumiendo un coste que no les corresponde? ¿Van a depender de un juzgado para que se les reconozca este derecho? Por todo ello le formulamos esta pregunta.”
“Las familias pueden solicitarlo, sí, porque el derecho al permiso sí está reconocido, pero no su retribución, que queda en el aire y es un compromiso que su Gobierno asumió. Y ante la inacción del Gobierno, un juzgado ha considerado que es un derecho disfrutar de este permiso, pero que a su vez es una obligación; una obligación ―la de retribuir el permiso parental hasta las ocho semanas para el cuidado de los hijos menores―, que en este caso se traslada al Ayuntamiento de Barcelona. Y esta es una sentencia que sienta precedente, una sentencia que hace realidad un derecho reconocido. Pero ¿qué hay del Ejecutivo? No vemos urgencia ni compromiso ni, mucho menos, cumplimiento de esta obligación. Ustedes se han puesto de perfil. Y cuando se reconocen derechos estos se tienen que poder materializar, no se pueden quedar en el aire, en una nube.”
“Mila esker, presidenta. Egun on, ministro. Hace tres meses le preguntábamos por dos medidas anunciadas por su Gobierno: la prestación por crianza y la regulación del permiso parental retribuido de ocho semanas, esta última mandatada por Europa. Ambas medidas de ayuda a la conciliación familiar siguen hoy pendientes. -- 29 of 106 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 11 de diciembre de 2024 En esta ocasión me voy a centrar en el permiso retribuido de ocho semanas, que es un derecho al que pueden optar los padres y madres, que debería haber sido regulado antes del mes de agosto y no lo han hecho. Sigue pendiente su transposición completa, por lo que está siendo sancionado el Estado.”
“Por último, en la proposición se habilita al Gobierno para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en la presente ley, lo cual amplía -- 26 of 62 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 10 de diciembre de 2024 indebidamente la intervención del Estado en detrimento del desarrollo de las bases que corresponden a las comunidades autónomas. En definitiva, señorías, esta proposición de ley nos suscita muchas dudas, tanto por su necesidad y oportunidad como por su regulación en relación con el marco competencial. Mila esker.”
“Por otro lado, el documento notarial, la regulación autonómica incluye la posibilidad de realizar el documento ante funcionario público habilitado, resultando un documento igualmente público y también en documento privado ante tres testigos, que luego sea protocolizado en registro, con lo que cabría entender que supone la publificación del documento. El registro nacional simplemente incorpora los datos registrales de los registros autonómicos, ya que dicha interoperabilidad ya existe, y la función del registro estatal es simplemente instrumentar la difusión.”
“Sin embargo, la proposición pretende dar validez y eficacia estatal a las instrucciones previas solo si están inscritas en el registro nacional. A nuestro juicio, esto no se corresponde con el modelo registral existente, excede de la competencia estatal para fijar bases y colisiona con las competencias autonómicas. El documento de instrucciones previas es un documento de carácter personal, sea público o privado, y tendrá validez mientras sirva para poner de manifiesto la voluntad libre de la persona que lo suscribe por cualquier medio de prueba admisible en derecho.”
“Desde el punto de vista competencial, el Estado puede regular las bases y coordinación general de la sanidad, así lo recoge la Constitución española, pero el desarrollo de dichas bases y la ejecución corresponde a las comunidades autónomas. Por ello, la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, se remitía a la normativa de las comunidades autónomas en cuanto a la regulación del procedimiento de inscripción en los correspondientes registros de instrucciones previas o voluntades anticipadas, sin perjuicio de que sus datos abastecieran un registro estatal y fueran interoperables conforme a lo acordado en la conferencia sectorial. La información mínima que deben trasladar las comunidades autónomas al registro estatal se ha regulado también por el Decreto 124/2007, de 2 de febrero.”
“Sin embargo, no se hace mención ni se justifica el motivo por el cual se ha eliminado el tercer supuesto, esto es, que no serán aplicadas las instrucciones que no se correspondan con el supuesto de hecho que el interesado haya previsto en el momento de manifestarlas, y entendemos que se debería justificar su eliminación. Por lo tanto, tampoco parece que la modificación propuesta en este punto resulte necesaria. Y, por otro lado, el profesional sanitario no debería tener en cuenta previsiones del documento en el que el paciente solicite un tratamiento que no corresponde con la patología que sufre o que resulta inútil en su proceso terapéutico. Finalizo haciendo referencia al ámbito competencial.”
“En el artículo 11.3 de la ley de autonomía del paciente vigente que se pretende modificar se señala que no serán aplicadas las instrucciones previas contrarias al ordenamiento jurídico, a la lex artis ni las que no se correspondan con el supuesto de hecho que el interesado haya prescrito en el momento de manifestarlas. En la proposición de ley, de los tres supuestos que marca este artículo, se eliminan dos, esto es, las instrucciones contrarias a las lex artis y las que no se corresponden con el supuesto de hecho que el interesado haya previsto en el momento de manifestarlas, manteniendo únicamente que dichas instrucciones previas no contravengan el ordenamiento jurídico.”
“Por lo tanto, según la regulación hoy vigente, el equipo médico está vinculado por el documento de instrucciones previas en el que el paciente rechaza el tratamiento indicado, aunque su voluntad sea contraria a la lex artis, porque es derecho de todo paciente rechazar un tratamiento según el artículo 2.4 de esa ley. Por eso, en otro artículo de la misma ley, en el artículo 2.6, se expresa que el profesional está obligado no solo a la correcta prestación de sus técnicas, sino al respeto de las decisiones adoptadas libre y voluntariamente por el paciente.”
“En el caso de las instrucciones previas, estas tienen el mismo fundamento que el consentimiento informado en las intervenciones médicas, solo que en este caso se trata de un consentimiento informado expresado anteriormente, cuando el interesado tiene capacidad suficiente para hacerlo. Ello implica que puede consentir el tratamiento propuesto, elegir entre varias opciones terapéuticas o también rechazar los tratamientos que su equipo médico le propone, aun a riesgo de que de ese rechazo se deriven consecuencias graves para su salud e incluso para su vida. No implica un derecho a solicitar tratamientos que los clínicos consideren no indicados o contraindicados para la situación clínica de que se trate ni que la voluntad del paciente faculte a los profesionales a tratamientos o intervenciones no indicados según la lex artis.”
“Asimismo, también cabe plantearse si no bastaría con la reforma del artículo 11 de la Ley 41/2002 para evitar una duplicidad de regulaciones -- 25 of 62 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 10 de diciembre de 2024 como la que se plantea en esta proposición de ley, porque sería suficiente con el anexo al Real Decreto 124/2007, de 2 de febrero, por el que se regula el Registro Nacional de Instrucciones Previas, ya que entre la materia de la declaración incluye la prestación de ayuda a morir. La novedad aparentemente más sustancial de la proposición se refiere a eliminar la referencia a que no serán aplicadas las instrucciones previas contrarias a la lex artis o la buena práctica médica, lo cual se contempla tanto para el final de la vida como para el resto de las voluntades anticipadas.”
“Si nos centramos en lo que recoge la proposición de ley, esta, por un lado, regula específicamente las instrucciones previas sobre cuidados y tratamiento de la salud en el final de la vida y la solicitud de la prestación de ayuda a morir y, por otro, modifica la regulación de las instrucciones previas del artículo 11 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, que se refieren a todo tratamiento sanitario no vinculado necesariamente al momento final de la vida. Cabe preguntarse si realmente es necesaria la reforma para posibilitar que las instrucciones previas contemplen la voluntad anticipada de la prestación de ayuda a morir, o si ello se deduce de la propia Ley Orgánica 3/2021, de Regulación de la Eutanasia.”
“Asimismo, el grupo proponente considera que existe un moderado conocimiento social del instrumento de las instrucciones previas en el Estado. Hablan de 454 000 personas, una tasa de 9,46 documentos por cada 1000 habitantes. Sin embargo, en la práctica, en Euskadi es mucho más elevada. En la Comunidad Autónoma de Euskadi es de 21,46 declarantes por cada 1000 personas y en la Comunidad Foral de Navarra es de 26,09 por cada 1000 habitantes.”
“Tras analizar la proposición de ley presentada por el Grupo Socialista, nos hacemos las siguientes preguntas: ¿es oportuna, es necesaria esta proposición de ley? ¿Supone alguna mejora en el ordenamiento jurídico?, ¿no está regulado suficientemente hasta ahora el tema de las instrucciones previas? En el tiempo de mi intervención voy a intentar explicar las razones por las que, para mi grupo, no está suficientemente justificada esta proposición de ley. En la exposición de motivos los proponentes nos remiten a un texto aprobado por el Congreso en diciembre de 2018, cuya tramitación decayó con el fin de aquella legislatura. Sin embargo, este era un proyecto anterior a la actual ley de eutanasia, que ya contempla buena parte de las cuestiones que recogía aquella proposición de ley que hoy se alega.”
“Nosotros, ante esta propuesta de ley, estamos en contra porque nos parece una reivindicación sindicalista corporativa muy digna, pero no tiene en cuenta todo el orden de competencias y va contra la ley, porque va contra la competencia de las autonomías en temas de sanidad. Muchas gracias. -- 8 of 62 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 10 de diciembre de 2024”
“Pero nuestra responsabilidad, como Grupo Vasco en el Congreso, es analizar la iniciativa propuesta y, sobre la base de los argumentos que hoy he esgrimido, tomar una decisión sin ningún tipo de hipocresía y, señores y señoras, esta iniciativa no respeta el ámbito competencial vigente. Amaitzen dut: gure jarrera lege-proposamen hau aintzat hartzearen kontrakoa da. Aldarrikapen sindikal korporatibo baten ondorioa da, erabat duina eta ulergarria, baina bere planteamenduan ez du kontutan hartzen eskumen konfigurazioa, eta beraz, nabarmen da legez kontrakoa dela. Autonomia Erkidegoek osasun arloan duten eskumen esparruaren kontrakoa delako. Mila esker. Voy terminando.”
“A mi juicio, eso es hipocresía política, como también lo será si, una vez aprobada — porque hoy, aunque nosotros votemos en contra, estoy segura de que esta iniciativa va a comenzar su andadura— se pueda quedar en un cajón a la espera de que acabe el plazo de presentación de enmiendas y sus innumerables ampliaciones, tal y como sucedió la pasada legislatura. El Partido Nacionalista Vasco tiene responsabilidades en gestión sanitaria, y allí donde gobernamos las ratios se acercan a la media europea. Obviamente, no nos conformamos y queremos mejorar la asistencia sanitaria y también la sociosanitaria, adaptándola a las necesidades de la Euskadi de hoy y del futuro, y en ello estamos.”
“Por otro lado, resulta un brindis al sol debatir una norma de la que se desconoce su impacto real económico y presupuestario. Hoy aquí escucharán grandes palabras, asumiendo un compromiso por los grupos que votarán favorablemente. Nosotros no dudamos de la buena fe y de la mejor de las intenciones de la iniciativa y de sus impulsores, no lo hacemos, pero tampoco compartimos la actitud de las formaciones políticas que gobiernan en las diferentes comunidades autónomas que hoy van a apoyar la tramitación, ya que a esos Gobiernos y parlamentos les correspondería tomar medidas en el sentido que recoge la iniciativa y no lo hacen. Por lo tanto, no cumplen lo que hoy dicen que se tiene que cumplir. ¿Y cómo se llama a no hacer lo que aquí se defiende donde se tiene ámbito competencial suficiente y capacidad para hacerlo?”
“Apelamos al respeto al marco competencial, lo cual no es ir en contra del objetivo de esta iniciativa, que no es otro que mejorar la atención sanitaria de las personas y las condiciones laborales de los y las enfermeras, ya que en esta proposición de ley no se tiene en cuenta a otros profesionales sanitarios sobre los que no se determina la necesidad de ratio alguna. Por otra parte, es excesivo pretender fijar las ratios de personal de enfermería mediante una norma con rango de ley, y este es otro de los motivos por los que nuestro grupo no apoya esta iniciativa, como que tampoco se ha tenido en cuenta cuáles son las causas para que no se mejoren estas ratios. Tal vez incidiendo en estas no se plantearía la iniciativa.”
“Eso, aunque hoy aquí se omita en este debate, es una invasión competencial de libro y, por lo tanto, inconstitucional. Tampoco corresponde a esta Cámara aprobar medidas que afecten al ámbito sociosanitario, ya que es una competencia exclusiva de las comunidades autónomas recogida en el artículo 148 de la Constitución, que tampoco se ha tenido en cuenta en la iniciativa. En nuestro caso correspondería a la Comunidad Autónoma de Euskadi dictar la normativa en este ámbito y a los territorios históricos su desarrollo y ejecución, y tampoco en esto se cumple el marco.”
“Por ello, tal y como dijimos hace cuatro años, la gestión de los recursos humanos de las instituciones sanitarias tiene que atender a criterios científicos y materiales y a recursos humanos desde la proximidad para responder con calidad a las demandas existentes, y eso solo se puede hacer respetando el ámbito competencial, dejando que cada Administración competente tome las decisiones que le corresponden. En esta proposición de ley no se tiene en cuenta este marco, también legal y, por lo tanto, de obligado cumplimiento, y reserva al Congreso —en este caso a las Cortes Generales— primero y al Gobierno español y a una comisión interterritorial de ratios de enfermería, la capacidad de decidir en todo el Estado sobre quién tiene esta competencia, es decir, las comunidades autónomas.”
“Sin embargo, lo que aborda esta -- 7 of 62 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 10 de diciembre de 2024 proposición de ley va más allá de las bases generales. Habla de establecer y fijar las ratios del personal de enfermería —solo de enfermería, por cierto—, y todos aquí sabemos que establecer y fijar ratios de enfermería, como de cualquier otro colectivo profesional sanitario, no se puede considerar una base general de sanidad, que lo que la iniciativa pretende se circunscribe al ámbito de la gestión de los recursos humanos de las organizaciones y servicios sanitarios y que, primero, tal competencia corresponde a las comunidades autónomas según la Constitución española y lo recogido en sus estatutos de autonomía, en el caso de Euskadi en el Estatuto de Gernika en los artículos 18 y 20.”
“La iniciativa argumenta su legalidad en el artículo 43 de la Constitución española, que reconoce el derecho a la protección de la salud y que también dice que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. Sobre la base del marco competencial establecido tanto en la Constitución como en los estatutos de autonomía, los poderes públicos competentes a los que se refiere este artículo son, en este caso, las comunidades autónomas, tal y como queda reflejado en el título VIII, que establece la organización territorial del Estado. Tampoco se ha tenido en cuenta en esta iniciativa el artículo 149.1.16.ª, que reserva al Estado la competencia para establecer las bases generales en materia sanitaria.”
“Esta iniciativa, como he dicho, fue debatida y aprobada el 15 de diciembre de 2020 y se dejó morir sin debatir en el cajón tras ochenta y tres prórrogas en el plazo de enmiendas. Conocen nuestra postura, y creo que no les va a sorprender mi intervención, ya que va a ir en la línea de la que ya realizó la portavoz de Sanidad de mi grupo, Josune Gorospe, hace hoy cuatro años. Nuestro grupo parlamentario no va a apoyar esta iniciativa por un motivo fundamental, porque de prosperar en el trámite parlamentario supondría una injerencia en el marco competencial existente, ya que la iniciativa otorga al Estado, a esta Cámara en primer lugar y al Gobierno español en segundo lugar, la potestad de legislar y desarrollar en una materia que va más allá del establecimiento de las bases generales.”
“Arratsalde on jaun-andreok. Ongi etorria eman nahi diet euskal taldeen izenean lege-ekimen hau bultzatu duten herritarren ordezkariei. Buenas tardes, señoras y señores. Quiero dar la bienvenida, en nombre de todo el Grupo Vasco, a quienes han impulsado esta iniciativa. En primer lugar, quiero agradecer la iniciativa, porque nos permite debatir sobre su oportunidad o no en esta Cámara. Quiero poner en valor el esfuerzo y, sobre todo, la paciencia de las personas y los colectivos que proponen esta iniciativa ya que, como todos saben y se ha repetido aquí, esta es la segunda vez que se debate en esta Cámara. Fue presentada en el 2020, en plena pandemia, avalada por 660 000 firmas.”
“Y si lo que le preocupa es que el profesional no sea bilingüe y no entienda el historial clínico, no se preocupe, haga como he hecho yo en esta última parte de mi intervención: ya hay traductores neuronales suficientes, inteligencia artificial y programas para traducirlo de un lenguaje al otro, seguramente de todos los lenguajes del mundo al español. No hay ningún problema. Pero creo que este no es el gran problema. El problema no son las lenguas como el inglés, el francés o el portugués; el problema son las lenguas como el euskera, el gallego y el catalán, porque estas son prueba irrefutable de que existen otros pueblos como el pueblo vasco. Mila esker. (Aplausos).”
“Porque el problema son las otras lenguas, por ejemplo, el euskera, porque son la prueba irrefutable de que existen otros pueblos como el pueblo vasco o Euskadi. Evidentemente, sobra decir que votaremos en contra de esta iniciativa. Que la historia clínica esté redactada en euskera es clave para la normalización lingüística y para garantizar los derechos lingüísticos de los vascos y de las vascas. Es un derecho, el de los pacientes, y es nuestra obligación garantizarlo, obligación de las administraciones públicas que nuestro grupo ha defendido, defiende y defenderá allí donde tengamos voz y poder de decisión.”
“-- 14 of 60 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 26 de noviembre de 2024 Que la historia clínica esté redactada en euskera es clave para la normalización lingüística y para garantizar los derechos lingüísticos. Es un derecho, el de los pacientes, y es nuestra obligación garantizarlo, obligación de las administraciones públicas que nuestro grupo ha defendido, defiende y defenderá. Y si lo que preocupa es que el profesional no sea vascohablante y no entienda el historial clínico, no se preocupen, hay traductores neuronales suficientes, inteligencia artificial del castellano al euskera, del catalán o el gallego al castellano; incluso desde inglés o portugués, etcétera, en caso de las tarjetas médicas de ciudadanos europeos. Aunque en este caso no habría problema, ¿no?”
“Eskubide bat pazienteena eta gure betebeharrak da hori bermatzea, Administrazio Publikoen betebeharra. Gure taldeak defendatu eta defendituko duena. Eta kezkatzen duena profesional euskalduna ez izatea eta historia klinikoa ez ulertzea bada, ez kezkatu, itzultzaile neuronal nahikoak daude, adimen artifiziala euskaratik gaztelaniara, katalanetik, galegotik, gaztelaniara itzultzeko programak. Baita ingelesetik portugesetik ere, eta abar ere, Europako herritarren txartel medikoen kasuan. Kasu honetan, arazorik ez dagoen arren, hori ez da arazoa. Arazoa beste hizkuntzak direlako, euskara, esaterako, horiek direlako beste herri batzuk direnaren froga ukaezina Euskal Herria eta Euskadi kasu. Argi dago soberan dagoela esatea ekimen honen aurka bozkatuko dugula. Mila esker.”
“Así lo constatamos nosotros, y así lo hace el informe presentado por el Comité de Expertos del Consejo de Europa de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, que exige más esfuerzo para asegurar la presencia de la lengua minoritaria en el servicio público de salud, sobre todo por la dificultad de reclutar médicos y otro personal sanitario con conocimiento de los idiomas oficiales. Muchos pacientes son euskaldunes vascoparlantes, por ello, el desarrollo de la historia clínica en euskera es imprescindible para garantizar a estas personas su derecho a recibir la información escrita en su idioma o que la documentación sobre su asistencia sanitaria sea en euskera. Historia klinikoa euskaraz idatzita egotea funtsezkoa da hizkuntza normalizaziorako eta hizkuntza eskubideak bermatzeko.”
“Para VOX —y tal vez para algún grupo más de esta Cámara— el gran problema sea este, sin embargo, para nosotras es justo el contrario. Es decir, el gran objetivo que hay que solucionar es que la atención médica y la documentación figure exclusivamente en castellano, sobre todo en el caso de los pacientes vascohablantes. Porque garantizar el uso de las diferentes lenguas oficiales mejoraría la atención y el tratamiento, incluso la redacción del historial médico, ya que la cercanía y la empatía que generan son claves cuando al paciente se le habla en su idioma materno, sobre todo en el caso de los niños, de las niñas y de las personas mayores.”
“Y si hubieran existido los problemas técnicos para que se diera esta interoperabilidad, desde luego, no se iban a solucionar desde el adanismo de la proposición del Grupo VOX. Pero lo verdaderamente relevante de esta proposición de ley no es el punto anterior, que simplemente es la excusa para el relato de la recentralización, lo relevante es el desprecio con el que se propone la segunda modificación, exigiendo que las historias clínicas se redacten en español. No lo plantean como un derecho del paciente, sino como un derecho del profesional sanitario para garantizar la igualdad de todos y de todas las profesionales sanitarias. Se olvida la propuesta intencionadamente de que el titular de los derechos —también de los derechos lingüísticos— es el paciente.”
“Existe un sistema de interoperabilidad de la información a través de la base de datos común de la tarjeta sanitaria individual que posibilita el acceso de los profesionales sanitarios a la historia clínica digital del paciente desde cualquier punto del sistema, que posibilita el acceso de los y las ciudadanas a su historia clínica digital desde cualquier ubicación por medio del DNI electrónico o el certificado digital y que permite la dispensación de la medicación prescrita en otra comunidad en cualquier oficina de farmacia por medios electrónicos. Como he dicho antes, la modificación del artículo 57 que propone no expresa nada novedoso, no hay nada distinto a lo que hoy señala la ley.”
“Palabras que no suponen ninguna modificación relevante en el artículo que justifiquen el cambio propuesto y, si fuera así, en estos momentos se encuentra en tramitación el proyecto de ley de cohesión, en el que podrían realizar tales observaciones. Respecto a este punto, hay que decir que no es cierto que en la actualidad no exista interoperabilidad dentro del Sistema Nacional de Salud, aunque puede que no sea perfecta. Los ciudadanos pueden desplazarse de una comunidad a otra y solicitar asistencia sanitaria u obtener la dispensación de un medicamento o producto sanitario en otra comunidad.”
“Deseo frustrado y contrario al ordenamiento jurídico que, incluso, se explicita en la propia exposición de motivos, que no es otro que el de la devolución al Estado de las competencias sanitarias. Y, para ello, intenta, en esta ocasión, generar preocupación entre la ciudadanía en torno al historial clínico, y lo hace haciendo hincapié en un doble sentido. Se intenta generar el temor de que la legislación actual no es suficiente para garantizar el mantra de la mal entendida igualdad de todos los españoles, porque no se garantiza suficientemente la interoperabilidad de los datos médicos. ¿Y para ello qué proponen desde este grupo? Pues incorporar un par de palabras a la redacción del artículo 57 de la Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, y eliminar cualquier referencia a las comunidades autónomas.”
“Mila esker. Egun on guztioi. Voy a intentar no entrar a contestar al portavoz del Grupo VOX por las barbaridades que ha dicho desde esta tribuna. Como la gran mayoría de las propuestas de este grupo, esta también tiene una finalidad predeterminada ideológica: la creación de un relato que defiende la visión de un Estado —a mi juicio acomplejado— en el que se pone en tela de juicio el marco competencial, sobre todo intentando generar preocupación a la -- 13 of 60 -- PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE 26 de noviembre de 2024 ciudadanía, culpabilizándolo de todos los males con medias verdades o mentiras sobre temas relativos a la seguridad, al trabajo, a la vivienda, y hoy le ha tocado a la salud.”
“Es una petición de obligado cumplimiento a la que nuevamente le instó este Parlamento mediante una proposición no de ley en mayo. Esa competencia es suya. ¿Cuánto más tienen que esperar, ministra? Hay colectivos que están esperando, están esperando las víctimas del amianto y también las personas cuidadoras de grandes dependientes. Mila esker.”
“Señora ministra, le agradezco su contestación, pero no me ha quedado muy claro dónde se encuentra el tema que le estoy planteando; es decir, el de la jubilación anticipada de las personas que compatibilizan el cuidado de personas con el trabajo fuera de casa. No sé si está contemplado este caso en el desarrollo reglamentario que usted está anunciando; me gustaría que lo aclarara. Otras personas que están esperando son las víctimas del amianto, que hoy por hoy también están a la espera de un desarrollo reglamentario que no llega y que es el paso indispensable para que se les reconozca una compensación aprobada por ley; una ley aprobada por esta Cámara y que proviene del Parlamento vasco, tal y como recordó mi compañera Idoia Sagastizabal.”
“Por todo ello, le preguntamos cúando va a cumplir el Gobierno su palabra de contemplar que las personas cuidadoras de grandes dependientes que han compatibilizado trabajo y cuidados puedan acceder a una jubilación anticipada.”